El Impuesto a la Renta (IR) en Ecuador es el principal tributo que pagan las personas naturales sobre sus ingresos anuales. Muchos ecuatorianos no saben si están obligados a declarar, ni conocen las deducciones que podrían reducir significativamente su carga fiscal.
¿Cuándo estás obligado a declarar?
En Ecuador, como persona natural, estás obligado a presentar la declaración del IR si:
- Tus ingresos brutos anuales superan la fracción básica desgravada (aprox. $11.722 en 2026)
- Tienes ingresos de más de un empleador
- Tienes ingresos de actividades independientes o negocios
- Eres propietario de bienes raíces que generan renta
La tabla de Impuesto a la Renta personas naturales 2026
| Fracción básica | Exceso hasta | % sobre excedente |
|---|---|---|
| $0 | $11.722 | 0% |
| $11.722 | $14.935 | 5% |
| $14.935 | $19.682 | 10% |
| $19.682 | $26.031 | 12% |
| $26.031 | $34.255 | 15% |
| $34.255 | $45.407 | 20% |
| $45.407 | $60.450 | 25% |
| $60.450+ | En adelante | 30–37% |
Las deducciones que más impacto tienen
- Gastos personales: Hasta el 50% del ingreso bruto o 1.3 veces la fracción básica desgravada (lo que sea menor). Incluye: alimentación, vestimenta, vivienda, educación, salud y turismo.
- Aporte personal al IESS: El 9.45% descontado es deducible automáticamente.
- Pensiones alimenticias: Si pagas pensión alimentos por orden judicial, es 100% deducible.
- Discapacidad: Deducciones adicionales para personas con discapacidad o sus dependientes directos.
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